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martes, 17 de diciembre de 2013

MiriBlogUCM

La Audiencia Nacional condena a Díaz Ferrán a 2 años y 2 meses

La Audiencia Nacional ha condenado a dos años y dos meses de prisión al ex presidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán por defraudar a Hacienda 99 millones de euros en la compra de Aerolíneas Argentinas por parte de Air Comet.

En la sentencia, el Juzgado Central de lo penal condena también al ex presidente de Air Comet, Antonio Mata, para el que el Ministerio Público reclamaba la misma pena de dos años y cuatro meses de prisión que a Díaz Ferrán. Además de la pena de cárcel, el tribunal les ha impuesto una multa equivalente a lo defraudado, la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas y derecho de gozar de beneficios o incentivos fiscales o de seguridad social durante cuatro años y medio, así como la inhabilitación especial para ejercer su derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

En concreto, les acusa de defraudación del impuesto de sociedades del ejercicio fiscal de 2001 cerrado en febrero de 2002, hechos por los que la Audiencia Nacional les obliga a indemnizar a Hacienda conjunta y solidariamente con la misma cantidad que defraudaron, 99.049.520 euros.

Hablamos de la primera condena que se impone al ex-presidente de la patronal española, que aguarda en prision, en la que ingreso hace poco más de un año, que se abra otro juicio contra él por el vaciamiento patrimonial del Grupo Marsans.

Esta sentencia también declara la responsabilidad civil subsidiaria de Air Coment, Transportes de Cercanías y Segetur, y considera "extinguida" la responsabilidad criminal del socio de Díaz Ferrán, Gonzalo Pascual, por su fallecimiento.

Según el magistrado, los dos condenados defraudaron dicha cuantía utilizando los fondos públicos de la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI) para deshacerse de una compañía con "gravísimos" problemas económicos, Aerolíneas Argentinas.

En definitiva, prosigue, los créditos, que alcanzaron un importe de casi 273 millones de dólares, fueron satisfechos a los acreedores mediante cheques bancarios emitidos por BBVA a nombre de Interinvest con los fondos de Sepi, sociedad que a su vez los cedió a Air Comet "con la peculiaridad fuera de toda lógica mercantil de que el adquiriente no obtuvo descuento alguno".

"No es de recibo que Air Comet pretenda estar exenta del pago de impuestos por no obtener beneficio alguno cuando el beneficio final, con los fondos de la Sepi, lo obtiene su patrimonial Interinvest que no paga impuestos en Españ", concluye la sentencia, que se puede recurrir ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Naciona.


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